Exposición pública modificación de ordenanzas fiscales para 2018

EDICTO

El Ajuntament d’Alzira, en la sesión del Pleno del día 27 de septiembre de 2017, ha aprobado provisionalmente la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:

Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles para el ejercicio 2018

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de actividades económicas para el ejercicio 2018

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de los servicios de la biblioteca pública municipal

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de certificados y documentos administrativos

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa de retirada de residuos sólidos de activitades económicas asimilables a los generados en domicilios particulares

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Supresión de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por asistencia y estancia en la residencia municipal para la tercera edad situada en la calle Guerriller Romeu y en las plazas de disponibilidad municipal de la residencia sita en la avenida de la Mediterrània

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

Propuesta – informes técnicos
Acuerdo Pleno

Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de servicios en las escuelas infantiles municipales

Propuesta – informes
Acuerdo Pleno

Visto lo que se dispone en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone el expediente al público y a las personas interesadas, al efecto de que, durante el plazo de treinta días hábiles, desde la publicación de este edicto en el BOP, se puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que se consideran oportunas.

Atendido lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en caso de que no se hubieran presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, los acuerdos se elevarán a definitivos.

Publicación Boletín Oficial de la Provincia de València – 10-10-2017