Convocadas las ayudas al transporte de estudiantes del Ayuntamiento de Alzira para el curso 2020-2021

Plazo de presentaciónd de solicitudes: del 15 de septiembre al 15 de octubre

Objeto de la convocatoria:

El objeto de estas ayudas es colaborar con los gastos de desplazamiento derivados de la realización de los siguientes estudios fuera de Alzira:

  •      a) Estudios universitarios en las universidades públicas y privadas que integran el Sistema Universitario Valenciano, así como sus centros adscritos.
  •      b) Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior.
  •      c) Enseñanzas superiores de régimen especial

 

Requisitos:

      – No encontrarse incurso/a en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas de las previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones

     – Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias (con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento) y con la Seguridad Socia.

     – Alumnado matriculado durante el curso 2020-2021: 

               – de al menos el 50 % del curso lectivo (excepto aquellos estudiantes que justifiquen que les quedan menos de 30% del curso lectivo para finalizar los estudios) en cualquiera de las siguientes enseñanzas:

               – Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.

               – Enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico y arquitecto técnico.

               – Enseñanzas artísticas superiores conducentes a la obtención de los títulos superiores de Música y Danza.

               – Enseñanzas artísticas superiores conducentes a la obtención del título superior de Arte Dramático.

               – Ciclos Formativos de grado medio y/o superior de Formación Profesional, que no tenga oferta en Alzira.

     – Estar empadronado en Alzira con una antigüedad mínima de 24 meses.

     – No superar los umbrales de renta familiar establecidos en la convocatoria.

     – Ser menor de 30 años durante el año natural de la convocatoria.

 

Motivos de exclusión:

     – Quedan exluidos aquellos/as que estén en posesión o reúnan los requisitos legales para la expedición de un título de grado universitario, ciclo formativo de grado superior o títulos superiores en las enseñanzas de régimen especial.

     – También quedarán exluidos aquellos/as cuyo nivel de renta de la unidad familiar no pueda ser comprobado.

     – No se podrán recibir más de dos ayudas, en años consecutivos o alternos.

 

Forma de presentación:

Las personas interesadas deben presentar la solicitud:

     – preferentemente a través de la sede electrónica mediante el trámite de educación con el nombre Transporte de Estudiantes del Ayuntamiento de Alzira: https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano/tramites/tramite.do?formAction=btShow&t=3458

     – de forma presencial en la Clau, con cita previa (citaprevia.alzira.es)

     – o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dirigida al Alcalde-Presidente, dentro del plazo del 15 de septiembre al 15 de octubre de 2020, ambos inclusive.

 

Documentación: con carácter general, para todas las solicitudes

     – Instancia específica.

     – Autorización para consultar la renta de los miembros de la unidad familiar. 

     – Documentación acreditativa de estar matriculado en algún centro educativo para el curso 2020-2021

     – Libro de família.

     – Méritos y circunstancias (opcional) que se quieran hacer valer deberán acompañarse junto con los documentos de solicitud, debidamente documentados y vigentes durante el plazo de presentación.

     – Documento acreditativo de la cuenta bancaria, en el caso de no haberse presentado con anterioridad. Se podrán aportar cualquiera de los siguientes documentos: Libreta bancaria, certificado electrónico de banca on-line, o modelo normalizado de mantenimiento de terceros sellado por el banco. La persona solicitante debe ser la titular de la cuenta corriente. En caso de ser menor, el/la titular deber ser la persona que realiza la sollicitud en nombre del/a menor.

 

Más informaciónver la convocatoria

 

 

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