Presupuestos-cas-no

El presupuesto municipal es la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede reconocer el Ayuntamiento de Alzira y los derechos que prevea liquidar, así como las previsiones de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles Alzira Ràdio, S.A. e Instalaciones Deportivas Alzira, S.A. de capital íntegramente municipal.


Ámbito temporal
El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán:
a) Los derechos liquidados en el ejercicio, cualquiera que sea el período de que deriven; y
b) Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio
Contenido del presupuesto general
El Ayuntamiento de Alzira elaborará y aprobará anualmente un presupuesto general en el que se integrarán:

a) El presupuesto de la propia entidad.
c) Los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles Alzira Ràdio, S.A. e Instalaciones Deportivas Alzira, S.A.

Contenido de los presupuestos integrantes
El presupuesto general atenderá al cumplimiento del principio de estabilidad en los términos previstos en la Ley 18/2001, General de Estabilidad Presupuestaria, y contendrá para cada uno de los presupuestos que en él se integren:
a) Los estados de gastos, en los que se incluirán, con la debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones.

b) Los estados de ingresos, en los que figurarán las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar durante el ejercicio.

Asimismo, incluirá las bases de ejecución, que contendrán la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias del Ayuntamiento de Alzira, así como aquellas otras necesarias para su acertada gestión, estableciendo cuantas prevenciones se consideren oportunas o convenientes para la mejor realización de los gastos y recaudación de los recursos, sin que puedan modificar lo legislado para la administración económica ni comprender preceptos de orden administrativo que requieran legalmente procedimiento y solemnidades específicas distintas de lo previsto para el presupuesto.
Los recursos del Ayuntamiento de Alzira y las sociedades mercantiles Alzira Ràdio, S.A. e Instalaciones Deportivas Alzira, S.A. se destinarán a satisfacer el conjunto de sus respectivas obligaciones, salvo en el caso de ingresos específicos afectados a fines determinados.

Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán a los presupuestos por su importe íntegro. Queda prohibido atender obligaciones mediante minoración de los derechos a liquidar o ya ingresados, salvo que la ley lo autorice de modo expreso. Se exceptúan de lo anterior las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos por tribunal o autoridad competentes.

Cada uno de los presupuestos que se integran en el presupuesto general deberá aprobarse sin déficit inicial.

Anexos
Al presupuesto general se unirán como anexos:

a) Los planes y programas de inversión y financiación que, para un plazo de cuatro años, podrá formular el Ayuntamiento de Alzira.
b) Los programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las sociedades mercantiles Alzira Ràdio, S.A., Instalaciones Deportivas Alzira, S.A. y Gestora del Suelo Alzira, S.A.
c) El estado de consolidación del presupuesto del Ayuntamiento de Alzira con el de todos los presupuestos y estados de previsión de sus sociedades mercantiles.
d) El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda comprensiva del detalle de operaciones de crédito o de endeudamiento pendientes de reembolso al principio del ejercicio, de las nuevas operaciones previstas a realizar a lo largo del ejercicio y del volumen de endeudamiento al cierre del ejercicio económico, con distinción de operaciones a corto plazo, operaciones a largo plazo, de recurrencia al mercado de capitales y realizadas en divisas o similares, así como de las amortizaciones que se prevén realizar durante el mismo ejercicio.

El plan de inversiones que deberá coordinarse, en su caso, con el programa de actuación y planes de etapas de planeamiento urbanístico, se completará con el programa financiero, que contendrá:

a) La inversión prevista a realizar en cada uno de los cuatro ejercicios.
b) Los ingresos por subvenciones, contribuciones especiales, cargas de urbanización, recursos patrimoniales y otros ingresos de capital que se prevean obtener en dichos ejercicios, así como una proyección del resto de los ingresos previstos en el citado período.
c) Las operaciones de crédito que resulten necesarias para completar la financiación, con indicación de los costes que vayan a generar.
De los planes y programas de inversión y financiación se dará cuenta, en su caso, al Pleno de la Corporación coincidiendo con la aprobación del presupuesto. Deberá ser objeto de revisión anual, añadiendo un nuevo ejercicio a sus previsiones.

Elaboración y aprobación inicial

El presupuesto del Ayuntamiento de Alzira será formado por la alcaldesa y a él habrá de unirse la siguiente documentación:
a) Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente.
b) Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente.
c) Anexo de personal.
d) Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.
e) Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del presupuesto.
Las sociedades mercantiles Alzira Ràdio, S.A., Instalaciones Deportivas Alzira, S.A. y Gestora del Suelo Alzira, S.A. remitirán, antes del día 15 de septiembre, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente.
Sobre la base de los presupuestos y estados de previsión, la alcaldesa formará el presupuesto general y lo remitirá, informado por la Intervención y con los anexos y documentación complementaria, al Pleno de la corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución.
El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestos que integran el presupuesto general. Ninguno de ellos podrá aprobarse de forma separada.
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Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia, por 15 días, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Aprobación definitiva
La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
El presupuesto general, definitivamente aprobado, será insertado en el boletín oficial de la corporación y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, en el de la provincia.
Entrada en vigor
El presupuesto entrará en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el boletín oficial de la provincia.
Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen y hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto.