Funciones del departamento
El departamento de Intervención se encarga del control interno y de la fiscalización de la actividad económica, financiera, contable y presupuestaria del Ayuntamiento de Alzira.
Al departamento de Intervención le corresponden las siguientes funciones:
Asimismo, es competencia de la Intervención la inspección de la contabilidad de las sociedades mercantiles municipales Alzira Radio, S.A. e Instalaciones Deportivas Alzira, S.A., de acuerdo con los procedimientos que establezca el Pleno.
La función interventora tendrá como objeto fiscalizar todos los actos del Ayuntamiento de Alzira que dan lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquellos se deriven, y la recaudación, inversión y aplicación, en general, de los caudales públicos administrados, para que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.
El control financiero tendrá como objeto comprobar el funcionamiento en el aspecto económico-financiero de los servicios del Ayuntamiento de Alzira y de las sociedades mercantiles Alzira Ràdio, S.A, Instalaciones Deportivas Alzira, S.A y Gestora del Suelo Alzira, S.A.
Dicho control tendrá como objeto informar sobre la adecuada presentación de la información financiera, del cumplimiento de las normas y directrices que se aplican y del grado de eficacia y eficiencia en la consecución de los objetivos previstos.
El control financiero se realizará por procedimientos de auditoría de acuerdo con las normas de auditoría del sector público.
Función de control de eficacia
El control de eficacia tendrá como objeto la comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento de los respectivos servicios o inversiones.
Los funcionarios que tienen a su cargo la función interventora así como los que son designados para llevar a efecto los controles financiero y de eficacia, ejercen su función con plena independencia y pueden pedir todos los antecedentes que consideran necesarios, efectuar el examen y comprobación de los libros, cuentas y documentos que consideren precisos, verificar arqueos y recuentos y solicitar de quien corresponda, cuando la naturaleza del acto, documento o expediente que deba ser intervenido lo requiera, los informes técnicos y asesoramientos que estimen necesarios.
La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica del Ayuntamiento de Alzira y de las sociedades mercantiles municipales es función propia de la Sindicatura de Comptes.
A este efecto, el Ayuntamiento de Alzira rendirá a la Sindicatura de Comptes, antes del día 15 de octubre de cada año, la cuenta general correspondiente al ejercicio económico anterior.
Una vez fiscalizados las cuentas por la Sindicatura, se someterá a la consideración del Ayuntamiento de Alzira la propuesta de corrección de las anomalías observadas y el ejercicio de las acciones procedentes, sin perjuicio, todo eso, de las actuaciones que puedan corresponder a la Sindicatura de Comptes en los casos de exigencia de responsabilidad contable.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
- Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
- Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local.
- Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.