Normas generales del visitante

El acceso al *PNM comportará la aceptación de las normas conductuales a continuación descritas

– La visita y el desplazamiento por el PNM se realizará de manera ordenada por la red viaria habilitada a tal fin, incluyendo las limitaciones que pueda imponer espacial o temporalmente el órgano gestor.

– Los usuarios del PNM cumplirán, durante su estancia, cuántas normas, directrices y recomendaciones figuran en la señalización y el material informativo habilitado, o bien aquellas que sean comunicadas directamente por el personal asignado a la gestión de este espacio. En cualquier caso, los visitantes tendrán que tener una conducta respetuosa con el patrimonio del PNM, cumpliendo como mínimo, el siguiente:

1) No molestar a los animales, ni intentar su captura.

2) No recolectar ninguna especie vegetal, ni partes de ella.

3) No recolectar fragmentos de rocas, minerales, fósiles o material arqueológico, ni realizarán acciones para su extracción.

4) Mantener un volumen de voz discreto que no perturbo la tranquilidad y quietud del espacio natural. No se permite el uso de megáfonos salvo que, por razones excepcionales de seguridad y vigilancia, fuera necesaria su utilización por el personal autorizado. Igualmente, no se pueden usar aparatos de sonido, silbatos, radios u otros instrumentos.

5) Excepto en situaciones de emergencia o por motivos de investigación autorizada, no se permiten las emisiones de luces o destellos deslumbrantes, que alteran la tranquilidad de la noche, mediante el uso de líderes láser, antorchas de video y otros, con la excepción del uso de linternas individuales.

6) Evitar todo comportamiento o actitud que implico una falta de consideración y respecto a la tranquilidad del resto de los visitantes.

7) No se permite abandonar basuras, desperdicios o cualquier otro tipo de residuos orgánicos o inorgánicos (excrementos, residuos plásticos, cinegéticos, etc), excepto en las infraestructuras destinadas a tal efecto. En el caso concreto de áreas recreativas, la limpieza de los residuos será responsabilidad de los usuarios, que tendrán que retirar y depositar los residuos en los contenedores y papeleras más próximos posible.

8) No se permite el baño en las fuentes, los cursos y láminas de agua. De igual forma, no se permite su uso para limpieza de vehículos, utensilios u otros objetos en general ni abocar productos contaminantes como por ejemplo detergentes, jabones u otros.

9) No se permite realizar, por cualquier procedimiento, inscripciones, señales, signos y dibujos en piedras, árboles o en todo bien mueble o inmueble, excepto aquellos realizados por motivos de gestión por el personal del Paraje Natural Municipal u otro personal debidamente autorizado, que sean necesarios para mejorar y completar las redes de caminos y senderos autorizados por la administración competente en materia de medio ambiente y que respondan a las directrices de señalización establecidas por normativa.

10) No se permite la manipulación de elementos de investigación o vigilancia ambiental instaladas en el Paraje Natural Municipal, como por ejemplo sensores electrónicos o mecánicos, estaciones de aforo, vueltas, balizas, estacas, etcétera.

11) Tendrán que ser atendidas las sugerencias, observaciones e indicaciones de la guardería y personal del *PNM, así como de los Agentes Medioambientales de la Generalitat, o resto de agentes de la autoridad de la Administración.

12) Una vez finalizada la actividad las instalaciones, zonas e itinerarios tienen que quedar en iguales condiciones iniciales, excepto cuando la actividad a realizar requiera de instalaciones permanentes.

13) Se prohíbe circular con vehículos o estacionarlos contraviniendo la señalización y la normativa específica aplicable en la zona.

14) Se prohíbe la pernocta en el interior de instalaciones, edificaciones, coches o cualquier tipo de vehículo, excepto en labores previamente autorizadas de investigación, vigilancia,etc.

15) Se prohíbe en general el uso del fuego, atendida la condición forestal del PNM; así mismo se prohíbe el lanzamiento de cohetes, globos, artefactos de cualquier clase que contengan fuego o puedan provocarlo directamente; el almacenamiento, transporte o utilización de materias inflamables o explosivas; la utilización de grupos electrógenos, motores, equipos eléctricos o de explosión, aparatos de soldadura, etc. Se excluye de esta prohibición el uso y almacenamiento de combustible, o la utilización de aparatos destinados al funcionamiento de las instalaciones de uso público, edificaciones e infraestructuras existentes, su mantenimiento y reparación, así como su transporte por las vías de acceso a estas con las autorizaciones previas. También se excluye de esta prohibición el uso del fuego en el interior de los edificios con las debidas medidas de seguridad.

16) Se prohíbe el abandono de animales domésticos, los cuales podrían ocasionar daños y desequilibrios ecológicos a las especies silvestres y cinegéticas.