Otorgadas mediante Decreto nº 31 de Secretaría de fecha 17-06-2015.
Las Delegaciones genéricas de Área que se otorgan en virtud de la Delegación comprenden la facultad de dirigir y gestionar los Servicios correspondientes, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, debiendo las Sras. y Sres. Concejales-Delegados dar cuenta a la Alcaldía de los asuntos de trascendencia y de especial interés que se planteen en sus respectivas Áreas.
La Alcaldía-Presidencia gestionará directamente las materias relativas a las Áreas y Servicios que no han sido objeto de expresa Delegación.