{"id":52369,"date":"2020-11-06T13:33:28","date_gmt":"2020-11-06T12:33:28","guid":{"rendered":"https:\/\/alzira.es\/noves-mesures-covid-de-la-generalitat\/"},"modified":"2020-11-06T13:33:28","modified_gmt":"2020-11-06T12:33:28","slug":"noves-mesures-covid-de-la-generalitat","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alzira.es\/es\/noves-mesures-covid-de-la-generalitat\/","title":{"rendered":"Nuevas medidas COVID de la Generalitat"},"content":{"rendered":"<p>Las medidas afectan en toda la Comunidad Valenciana<br \/>1. Medidas relativas a velatorios y soterramientos<br \/>Aforo de 1\/3 con un l\u00edmite m\u00e1ximo de 25 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados.<br \/>2. Medidas relativas a celebraciones no religiosas<br \/>Aforo de un 1\/3 con un m\u00e1ximo de 25 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados.<br \/>3. Medidas relativas a acontecimientos y actividades multitudinarias<br \/>No se autoriza ning\u00fan tipo de acontecimiento o de actividad multitudinaria de los previstos en el documento \u00abRecomendaciones para acontecimientos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en Espa\u00f1a\u00bb, y en el documento \u00abInformaci\u00f3n necesaria para la autorizaci\u00f3n de celebraci\u00f3n de acontecimientos y actividades multitudinarias en la Comunidad Valenciana\u00bb que se dict\u00f3 para dar cumplimiento a la resoluci\u00f3n de 17 de agosto pasado, ni aquellos acontecimientos y actividades, que fueron an\u00e1logas o similares.<br \/>4. Medidas relativas a las actividades fiesteras y tradicionales<br \/>No se podr\u00e1 superar el n\u00famero m\u00e1ximo de 6 personas, excepto para funciones propias de gesti\u00f3n y administraci\u00f3n. No se abrir\u00e1n al p\u00fablico en ning\u00fan caso.<br \/>5. Medidas relativas en parques infantiles recreativos al aire libre, castillos hinchables, toboganes y otros juegos infantiles<br \/>Aforo m\u00e1ximo del 50%.<br \/>6. Medidas relativas a locales de ocio infantil en espacios cerrados<br \/>Las actividades grupales tendr\u00e1n un m\u00e1ximo de 6 participantes. Se tendr\u00e1 que garantizar la limpieza continua y que no se produzca intercambio de objetos entre las personas usuarias.<br \/>7. Medidas relativas a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no forman parte de centros y parques comerciales<br \/>Aforo de 50%.<br \/>8. Medidas relativas a mercadillos<br \/>Se podr\u00e1n instalar hasta un m\u00e1ximo del 50% de los lugares habitualmente autorizados o ampliar el espacio disponible porque el efecto sea equivalente. El espacio tendr\u00e1 que estar delimitado con cintas o vallas teniendo que garantizar los ayuntamientos la limpieza y desinfecci\u00f3n de la zona una vez acabada la actividad.<br \/>9. Medidas relativas a centros y parques comerciales<br \/>Aforo limitado al 50% tanto de los locales como de las zonas comunes. Estas solo se utilizar\u00e1n para el tr\u00e1fico de clientes. Las zonas recreativas permanecer\u00e1n cerradas.<br \/>10. Medidas relativas a establecimientos de hosteler\u00eda y restauraci\u00f3n<br \/>Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas, as\u00ed como los karaokes en locales de hosteler\u00eda y restauraci\u00f3n.<br \/>11. Medidas relativas al consumo en el interior de locales<br \/>No se podr\u00e1 superar 1\/3 del aforo. El consumo a las terrazas no podr\u00e1 superar el 50%. No se permite los servicios tipo self-service o bufete. Tampoco se permite el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en espacios p\u00fablicos ajeno a los establecimientos de hosteler\u00eda o similares.<br \/>12. Medidas relativas a hoteles y alojamientos tur\u00edsticos<br \/>1\/3 de su aforo. En aquellos que ofrecen habitaciones y equipaciones colectivas, las personas pertenecientes a diferentes grupos de convivencia NO podr\u00e1n pernoctar ni utilizar simult\u00e1neamente los servicios colectivos.<br \/>13. Medidas relativas a museos y salas de exposiciones, monumentos y otras equipaciones culturales<br \/>Ser\u00e1n accesibles al p\u00fablico para visita individual, de convivientes o de grupos de hasta seis personas sin que en ning\u00fan caso se supere el 50% del aforo.<br \/>14. Medidas relativas a bibliotecas y archivos<br \/>No se podr\u00e1 superar el aforo del 50%.<br \/>15. Medidas relativas a cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actas culturales y espect\u00e1culos al aire libre<br \/>Limitaci\u00f3n del 50% del aforo. En el interior no se podr\u00e1 comer ni beber, los asientos tendr\u00e1n que ser previamente asignados con identificaci\u00f3n de cada ocupante. En cualquier caso, el p\u00fablico permanecer\u00e1 sentado.<br \/>16. Medidas preventivas adicionales para los espect\u00e1culos itinerantes<br \/>No se permiten los espect\u00e1culos itinerantes en los cuales p\u00fablico y espect\u00e1culo se mueven al mismo tiempo.<br \/>17. Medidas relativas a actividades de gu\u00eda tur\u00edstico<br \/>Los grupos ser\u00e1n de un m\u00e1ximo de 6 personas.<br \/>18. Medidas relativas en centros recreativos tur\u00edsticos, zool\u00f3gicos y acuarios<br \/>El l\u00edmite de aforo ser\u00e1 del 50% en instalaciones tanto cerradas como el aire libre.<br \/>19. Medidas relativas a congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y acontecimientos<br \/>Se recomienda su realizaci\u00f3n telem\u00e1tica. Aquellos que se organizan de manera presencial, se llevar\u00e1n a cabo sin superar en ning\u00fan caso 50% del aforo en cada uno de los espacios. No se permite servicios de hosteler\u00eda ni restauraci\u00f3n.<br \/>20. Medidas relativas a locales y establecimientos en los cuales se desarrollan actividades de juegos y apuestas<br \/>No se podr\u00e1 superar 1\/3 del aforo en cada una de las salas, mesas o agrupaciones de mesas en grupos que ser\u00e1n de un m\u00e1ximo de 6 personas.<br \/>21. Medidas relativas a piscinas recreativas<br \/>L\u00edmite de 1\/3 de su capacidad de aforo en piscinas cerradas, y del 50% en piscinas al aire. No se podr\u00e1 hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.<br \/>22. Medidas relativas a academias, autoescuelas y centros de ense\u00f1anza no reglada<br \/>Se recomienda la ense\u00f1anza telem\u00e1tica. Podr\u00e1 impartirse de manera presencial guardando la distancia de seguridad con un 50% del aforo. En los veh\u00edculos de autoescuela, la limitaci\u00f3n es de 2 personas por fila de asientos y con uso de m\u00e1scara.<br \/>23. Medidas relativas en centros residenciales de mayores y personas con discapacidad<br \/>Rige la Resoluci\u00f3n de 17 de agosto de 2020, de la Vicepresidencia y Conseller\u00eda de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas, por la cual se establece el plan de actuaci\u00f3n en las residencias de personas mayores dependientes, los centros de d\u00eda, las viviendas tuteladas y los CEAM\/CUMBRE.<br \/>24. Medidas relativas a la actividad deportiva no profesional ni federada<br \/>Se podr\u00e1 practicar deporte por parejas sin contacto f\u00edsico. Se podr\u00e1n realizar actividades en grupos hasta un m\u00e1ximo de 30 personas, en instalaciones abiertas, y hasta 20 personas, en instalaciones cerradas. Sin contacto f\u00edsico, manteniendo la distancia de seguridad y sin superar 1\/3 del aforo m\u00e1ximo. No se permitir\u00e1 el uso de vestuarios ni duchas.<br \/>25. Medidas relativas a acontecimientos deportivos<br \/>Las competiciones y acontecimientos deportivos se realizar\u00e1n sin p\u00fablico.<br \/>26. Medidas relativas a la ocupaci\u00f3n de veh\u00edculos de transporte terrestre<br \/>En veh\u00edculos de hasta 9 plazas se permite ocupar la totalidad de las plazas posteriores, as\u00ed como las de la fila del conductor, cuando se hayan agotados previamente las posteriores. En los veh\u00edculos de una \u00fanica fila de asientos solo podr\u00e1 ser ocupada por dos personas. En todos los casos ser\u00e1 obligatoria la m\u00e1scara excepto que todos los ocupantes sean convivientes.<br \/>27. Medidas relativas al consumo de tabaco y asimilados<br \/>No se podr\u00e1 fumar en la v\u00eda p\u00fablica, terrazas, playas u otros espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de 2 metros.<br \/>28. Medidas relativas a cribados con PCR en grupos espec\u00edficos<br \/>En caso de brote epid\u00e9mico se realizar\u00e1n cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas.<\/p>\n<p>La presente resoluci\u00f3n DEJA SIN EFECTO:<br \/>La Resoluci\u00f3n de 17 de agosto de 2020, prorrogada por \u00faltima vez el 19 de octubre<br \/>La Resoluci\u00f3n de 29 de octubre de medidas adicionales en las actividades fiesteras tradicionales<br \/>La Resoluci\u00f3n de 29 de octubre de medidas adicionales que afectaban 31 municipios de la Comunidad Valenciana<\/p>\n<p>La presente resoluci\u00f3n entrar\u00e1 en vigor a las 00.00 horas del s\u00e1bado 7 de noviembre y se prolongar\u00e1 hasta las 23.59 del 9 de diciembre<\/p>\n<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\" size-full wp-image-52367\" src=\"https:\/\/alzira.es\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/EmIjSM1XEAA8C7C.jpg\" alt=\"EmIjSM1XEAA8C7C\" width=\"500\" height=\"280\" srcset=\"https:\/\/alzira.es\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/EmIjSM1XEAA8C7C.jpg 1114w, https:\/\/alzira.es\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/EmIjSM1XEAA8C7C-680x381.jpg 680w, https:\/\/alzira.es\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/EmIjSM1XEAA8C7C-768x430.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 500px) 100vw, 500px\" \/><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las medidas afectan en toda la Comunidad Valenciana1. 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