Tercer paquete de medidas económicas del GovernTercer paquete de medidas económicas del Gobierno

• Los inquilinos podrán pedir préstamos de hasta 6 meses de alquiler

El Consejo de Ministros aprobó ayer el tercer paquete de medidas económicas de apoyo en la crisis sanitaria del COVID-19.
En este caso se trata de 50 medidas orientadas a los colectivos vulnerables (a los trabajadores, a las familias, a los consumidores, a los autónomos), empresas (tejido productivo y la ocupación) y actividades y procesos de la Administración.

• Se prohíben los desahucios de inquilinos durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
• Se implanta la renovación automática de los contratos de alquiler que vencen en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma. Esta prórroga será de seis meses y se mantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor.
• En cuanto al alquiler, si el arrendador es un gran propietario (más de 10 propiedades) y el inquilino está en situación de vulnerabilidad económica podrá pedir un «aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta». Se podrán solicitar moratorias en el pago del alquiler a los propietarios mientras continúe el estado de alarma o persista la situación de vulnerabilidad hasta un máximo de 4 meses.
• Si el arrendador no es un gran propietario, el inquilino en situación de vulnerabilidad podrá solicitar el aplazamiento en el pago y el arrendador tendrá siete días para aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo. En caso de que no se acuerde la moratoria, se articulan microcréditos a través del ICO para que los inquilinos en situación vulnerable puedan hacer frente al pago del alquiler con un plazo de devolución de hasta 10 años
• En cuanto a la moratoria hipotecaria, el plazo de suspensión pasa de uno a tres meses; se adapta la acreditación de vulnerabilidad a la situación derivada del estado de alarma. Las cuotas suspensas se aplazan por idéntico periodo.
• Posibilidad de una moratoria en los créditos y préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo los créditos en el consumo.
• Se habilita las corporaciones locales porque utilizan el superávit de ejercicios anteriores para adoptar medidas de apoyo a colectivos vulnerables en materia de vivienda.
• Se crea un nuevo subsidio para empleadas del hogar afectadas por el cese o reducción de actividad y para trabajadores temporales el contrato de los cuales finalizó y que no tuvieron derecho a prestación.
• Las personas que tuvieron un contrato temporal de al menos dos meses que se hubiera extinguido después de la declaración del estado de alarma y que no consigan el periodo de cotización mínimo para percibir una prestación por desocupación pueden percibir un subsidio extraordinario.
• Se habilita la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio
• Se permite que empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad Social puedan solicitar hasta el 30 de junio de 2020 el aplazamiento del pago de las deudas que tengan que ingresar entre abril y junio de 2020 sin que se aplique nada de interés.
• Para el acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad, se adapta la norma para contemplar la situación de determinados colectivos que tienen un alto grado de estacionalidad, como el agrario, el de la cultura, los vinculados a acontecimientos como la Semana Santa u otros.
• Los autónomos que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
• También se incluyen en la moratoria de hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos.
• Se refuerzan los derechos de los consumidores en la suspensión o rescisión de contratos, el reembolso de planes de pensiones y la protección contra la ludopatía.
• Las empresas no podrán cortar los suministros básicos en la vivienda habitual de ningún ciudadano durante el estado de alarma.
• Se amplía el colectivo de potenciales perceptores del bono social eléctrico, al cual podrán acogerse de manera excepcional las personas que se hayan visto afectadas por medidas de regulación de uso de sus empresas o, en el caso de autónomos, haber cesado su actividad o viste reducidos sus ingresos en más de un 75%.

Puedes consultar toda la información sobre este tercer paquete de medidas aquí

 

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