Proceso selectivo

El proceso selectivos para las plazas de policía local deben seguir lo estipulado en la ORDEN de 1 de junio de 2001, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, de desarrollo del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, escala básica y auxiliares de Policía.

Contenido mínimo de los ejercicios y programas de las pruebas selectivas de las convocatorias de oposición libre, promoción interna y turno de movilidad, para la provisión de puestos de trabajo de la escala básica de los cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana, categorías oficial, agente, así como los auxiliares de Policía.

Pruebas selectivas


La fase de oposición para la provisión de plazas vacantes en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana, categorías de oficial, agente, así como auxiliar de Policía constará, como mínimo, de las siguientes pruebas, de conformidad con el artículo 7 del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano:

1. Primer ejercicio.

Medición de estatura. Únicamente en turno libre.

2. Prueba psicotécnica.

 Consistirá en superar los ejercicios o pruebas psicotécnicas aptitudinales y de personalidad que se determinen reglamentariamente. La superación de dichas pruebas en los municipios de la Comunidad Valenciana, expresamente homologadas por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública, tendrá una validez de un año desde su realización, y eximirá durante este período al aspirante de volver a realizarlas.

3. Pruebas de aptitud física.

 Consistirán en superar pruebas de aptitud física que ponga de manifiesto la capacidad para el desempeño del puesto de trabajo y cuyo contenido y marcas mínimas serán se ajustarán a lo establecido en esta orden.


La superación de esta prueba tendrá una validez de cuatro años desde su realización, con independencia de la edad del aspirante, quedando exentos de realizarla aquellos que, en dicho período, la hayan superado.

4. Cuestionario.

 Consistirá en contestar correctamente por escrito, un cuestionario de un mínimo de 50 preguntas y máximo de 75 preguntas, con cuatro respuestas alternativas una de ellas cierta, en un tiempo máximo de 1 hora y 30 minutos, sobre los temas relacionados en los grupos I a IV, ambos inclusive, del temario que se indica para cada categoría. Para la corrección de esta prueba se tendrán en cuenta, en todo caso, las respuestas erróneas.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse una calificación de 5 puntos para superar el mismo.

4.2 Práctica, (en pruebas selectivas para escala básica, categoría oficial) consistente en la realización de un ejercicio escrito, con una duración máxima de 1 hora, que fijará el Tribunal antes de la realización del mismo, que versará sobre el desarrollo de un supuesto policial sobre las actividades, funciones y servicios propios del empleo al que se opta, así como, en su caso, sobre la redacción de documentos policiales. Se valorará la claridad y exposición de cuantas actuaciones y medidas deban adoptarse en relación con el supuesto planteado.


Se podrán acompañar o fijar sobre plano que aporte el Tribunal las actuaciones policiales.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar el mismo.


5. Quinto ejercicio. Conocimiento del valenciano

Los municipios de predominio lingüístico valenciano, según la Ley de la Generalitat Valenciana, 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, incluirán un ejercicio consistente en traducir del valenciano al castellano y viceversa, un texto propuesto por el tribunal, en un tiempo a determinar.


Este ejercicio se calificará de 0 a 4 puntos y no será eliminatorio.

6. Reconocimiento médico.

Consistirá en superar un reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas que se determine reglamentariamente. La superación de esta prueba, homologada expresamente por el IVASP, tendrá una validez de un año desde su realización, quedando exentos de realizarla aquellos que, en dicho período, la hayan superado, siempre que no se produzcan enfermedades o dolencias que, a juicio del Tribunal médico, justifiquen el volverlas a pasar.


7. Desarrollo del temario

Consistente en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo de una hora y treinta minutos y mínimo de una hora, dos temas elegidos por el aspirante de cuatro extraídos por sorteo, de los grupos primero a cuarto, ambos inclusive, que componen el temario. Dichos temas serán leídos en sesión pública ante el Tribunal, que podrá formular las preguntas o aclaraciones que sobre los mismos juzgue oportunas. Se valorará la claridad de ideas y el conocimiento sobre los temas expuestos.


La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de 5 puntos.


8. Temas locales

Consistirá en la exposición por escrito de un tema de los que componen el grupo quinto en un tiempo máximo de 1 hora y mínimo de 45 minutos, valorándose los conocimientos expuestos, la claridad en la exposición, limpieza, redacción y ortografía, que, en todo caso, serán leídos por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal. La exposición escrita del tema podrá sustituirse por la realización de una prueba de preguntas con respuestas alternativas.


La calificación de este ejercicio será de 0 a 5 puntos.


9. La valoración de los ejercicios de desarrollo del temario se efectuará mediante la obtención de la media aritmética de cada uno de los miembros del Tribunal de selección, debiendo desecharse a estos efectos todas las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre ellas exista una diferencia de 4 puntos o más, sirviendo, en su caso, como punto de referencia la puntuación máxima obtenida. Dicha diferencia será de 2 puntos cuando se trate de valorar los temas locales.