SUBÁREA DE SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS. La presente delegación, que tiene la calidad de genérica, se otorga a favor del mencionado regidor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, apartados 3 y 4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, incluye la facultad de dictar, en el ámbito delegado, los correspondientes actos administrativos de trámite o definitivos y de ejecución con afección a terceros. Comprende las siguientes materias:
– Servicios Urbanos. Las materias relativas a cementerio, gestión integral del agua, alumbrado público, transporte urbano, bares municipales, aparcamientos y ORA, conservación y mantenimiento de parques públicos, jardines y zonas verdes, limpieza viaria, limpieza de edificios municipales y colegios, recogida de residuos sólidos, ornamentación de la ciudad y mercados municipales.
– Obras Públicas. Comprende las materias relativas a ejecución de obras municipales por el sistema de administración, mantenimiento de los edificios públicos, brigada de obras y control y gestión del almacén municipal.
SUBÁREA DE ACTIVIDAD DEPORTIVA. La presente delegación, que tiene la calidad de genérica, se otorga a favor del mencionado concejal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, apartados 3 y 4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, incluye la facultad de dictar, en el ámbito delegado, los correspondientes actos administrativos de trámite o definitivos y de ejecución con afección a terceros. Comprende las materias relativas al Consejo Local de Deportes, deporte escolar y de base, Escuelas Municipales de Deporte, infraestructuras deportivas y deportes autóctonos.