Valencianización del nombre

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 Según la legislación vigente tenemos derecho al uso de forma correcta, normativamente, en valenciano de nuestros nombres y apellidos. Solamente tenemos que solicitarlo en el Registro Civil o, si no hay, en el Juzgado de Paz o en el Ayuntamiento en que estamos inscritos.

Legislación.

– Ley 40/1999 de 5 de noviembre, sobre nombres y apellidos y su orden.

– Real decreto 193/2000, de 11 de febrero, de modificación de determinados artículos del Reglamento del Registro Civil en materia relativa al nombre y los apellidos y al orden de los apellidos.

 

PARA VALENCIANIZAR EL NOMBRE

Por ejemplo, Neus en vez de Nieves, Enric en vez de Enrique o de Henry

Hay que solicitarlo en el Registro Civil en el cual estemos inscritos.

pdf rojo Impreso de valencianización del nombre

En este sentido, el pdf rojo Vocabulario de nombres de persona publicado por el AVL el año 2006 tiene carácter normativo y oficial. Por tanto, los nombres valencianos que aparecen y si equivalencia en castellano han de ser considerados plenamente correctos al efecto de hacer la inscripción en el Registro Civil. 

 

PARA VALENCIANIZAR LOS APELLIDOS


Por ejemplo, Motsó en vez de Monzó, Pujades en vez de Puchades.

Solo hay que solicitarlo en el Registro Civil en el que estamos inscritos y presentar un informe onomástico en que se acredite la corrección lingüística del apellido (que podemos pedir a la Academia Valenciana de la Lengua).

pdf rojo Impreso de valencianización del apellido

La Academia Valenciana de la Lengua, como entidad normativa competente en materia de onomástica, facilita a las personas interesadas un informe sobre la corrección de la forma propuesta del apellido. Lo podeis solicitar a través de la lupa 1 web de la AVL

La corrección de la grafía de los apellidos incorrecta normativamente se extiende a los hijos menores de edad. Los hijos mayores de edad pueden adherirse al expediente promovido por los padres o bien tramitar uno por su cuenta (artículo 217 del Reglamento del Registro Civil).

Para insertar la entre los apellidos solo hay que solicitarlo al Registro Civil. No es necesario ningún informe. 

 

CAMBIAR EL NOMBRE POR OTRO DISTINTO

Por ejemplo Empar en vez de María de los Desamparados.

Hay que solicitarlo en el Registro Civil y aportar:

– Documentos que acrediten el uso normal del nombre que quieres adquirir (nóminas, recibos, inscripciones a cursos, subscripciones…)

– Certificado de empadronamiento

Además hay que ir acompañado de dos testimonios provistos de DNI o equivalente.

 

INVERTIR EL ORDEN DE LOS APELLIDOS

Por ejemplo, Ramón Monjo Martines en vez de Ramón Martines Monjo.

Hay que solicitarlo en el Registro Civil y aportar:

– Fotocopia y original del DNI o equivalente

– Certificado de empadronamiento

– Certificado de nacimiento literal

 

AHORA BIEN, SI LO QUE QUEREMOS ES…

– Traducir los apellidos de otras lenguas al valenciano

– Adaptar los apellidos de otras lenguas al valenciano

– Cambiar un apellido no valenciano por uno valenciano

Hay que pedirlo a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Consegüentemente el procedimiento es más largo ya que según el Real decreto 191/1986 de 29 de agosto de modificación de determinados artículos del Reglamento del Registro Civil, artículos 205, 206 y 209 del Reglamento del Registro Civil, requiere la instrucción de un expediente.

En estos casos la persona interesada puede pedir a la Academia Valenciana de la Lengua, a través de la lupa 1 web de la AVL un informe sobre la adecuación del apellido valenciano según el caso.